| Los aportes estarán a cargo del trabajador/a y las contribuciones a cargo del empleador/a de acuerdo a la cantidad de horas trabajadas.

Forma de pago: Del 1º al día 10º de cada mes, mes vencido. Previa obtención del cuil del trabajador con Formulario completo Nº 102 de AFIP en Bancos o Rapipagos.
formulario nº 1
Aportes voluntarios
El trabajador/a que desempeñe su actividad por menos de 16 hs. semanales y desee hacer su aporte voluntario para utilizar los beneficios del Programa Médico Obligatorio, podrá abonar la diferencia de aporte en Bancos o Rapipagos a través del Formulario Nº 575 de AFIP. Concepto y subconcepto 895.
Para el mismo caso, si se desea pagar la diferencia de “Contribuciones” deberá procederse de igual forma en el rubro “diferencia de contribuciones”. Concepto y subconcepto 896.
Asimismo, el Trabajador/a podrá ingresar el aporte mensual que determine, con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS), el que no podrá ser inferior a Pesos treinta y tres ($ 33). Concepto y subconcepto 892.
Adherentes
A los fines de incluir a su grupo familiar primario dentro de la cobertura del Programa Médico Obligatorio, el trabajador podrá ingresar una suma adicional de pesos treinta y nueve ($39.00 por c/u). Formulario Nº 575 de AFIP.Concepto y subconcepto 894.
Para otras consultas relacionadas a “Aportes y Contribuciones” remitirse al sitio web de AFIP:
www.afip.gov.ar/blanco/ o al 0810-999-2347.
Para consultas relacionadas a “Programa Medico Obligatorio”
remitirse al sitio web de Superintendencia de Servicios de Salud:
www.sssalud.gov.ar o al 0800---222-72583/ 011-4344-2800 |